Se trata de una gran ventaja para aquellos microempresarios. El Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE) reemplaza al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Renta por medio de cuotas mensuales, convirtiéndose en herramienta que ofrece facilidades a los emprendedores en el momento de pagar sus impuestos en el Servicio de Rentas Internas (SRI).
¿Cuáles son los beneficios del RISE?
– Los formularios desaparecen: el pago se realizará de forma directa en cualquier institución financiera.
– No más retenciones en la fuente: quienes estén inscritos en el RISE no harán pagos en exceso.
– No necesitará llevar contabilidad: evitarán contratar un contador ahorrando dinero y tiempo.
– Facilidad al llenar sus comprobantes de venta: sólo entregarán notas de venta de forma sencilla y rápida.
– Descuento del 5% : Reducción en su cuota por cada nuevo trabajador bajo contrato vigente que se encuentre afiliado al IESS, siempre que esté al día en sus pagos. hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.
¿Quiénes se benefician del RISE?
Agricultores, ganaderos, pescadores, mineros, transportistas, microindustriales, restaurantes, hoteles, servicios de construcción, trabajadores autónomos y comerciantes minoristas.
El contribuyente adquiere responsabilidades al inscribirse al RISE por eso debe recordar:
- Mantener actualizada la información cuando supere o reduzca sus ingresos registrados al momento de inscribirse en el RISE.
- Pagar su cuota mensual puntualmente o prepagar el año.
- Emitir comprobantes de venta autorizados, exclusivamente, por las transacciones propias del contribuyente.
Al mismo tiempo debe tener en cuenta que:
- Los comprobantes de venta solo se pueden imprimir en las imprentas autorizadas por el SRI.
- Si supera los límites establecidos, se establecerá una sanción con multa de 30 dólares por cada comprobante emitido.
- No se podrá modificar o adulterar la información del comprobante de venta, tampoco emitir comprobantes caducados ni con datos incorrectos.
- Al finalizar las operaciones diarias, el contribuyente deberá emitir una nota de venta, en la que incluirá todas las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a 12 dólares, por las que no emitió un comprobante.
- Se deben entregar comprobantes de venta en transacciones superiores a 12 dólares, aunque a petición del comprador se deben emitir por cualquier valor.
- Los comprobantes de venta no pueden ser transferidos o prestados a terceras personas. La responsabilidad de su emisión es del titular.
- En las notas de venta o tiquetes de las máquinas registradoras debe constar la fecha de la transacción y el monto de la venta (sin desglosar el 12% del IVA).
Requisitos para tramitar el RISE
- Ser persona natural.
- Original y copia de la cédula de identidad o ciudadanía.
- Original y copia de una planilla de agua, luz o teléfono (de los últimos 3 meses).
- Los ingresos anuales no deben ser superiores a los $60.000.
- Si existe una relación de dependencia con alguna empresa, el ingreso por este concepto no debe superar la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.
- No se debe practicar ninguna de las actividades catalogadas como restringidas.
- No debe haber sido agente de retención, por lo menos durante los últimos 3 años.
Diferencia entre el RUC y el RISE
No se trata de regímenes tributarios diferentes. El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es, más o menos, como una cédula de identidad ante el SRI y así poder cumplir con los impuestos. El RISE, en cambio, es un régimen tributario, es una forma de pagar dichos impuestos.
En el RUC están registradas todas las personas que contribuyen, mientras que en el RISE sólo están registrados una fracción.