Según el Ministerio de Trabajo, el teletrabajo se puede aplicar a todos los contratos de trabajo suscritos a la fecha o por suscribirse, excepto en aquellos casos en los que la naturaleza de las labores lo haga inaplicable.
- Antes de aplicar esta modalidad, el empleador debe notificar al trabajador sobre la decisión. Luego, el empleador deberá realizar el registro en el Sistema Único de Trabajo (SUT), en un plazo de 15 días.
- Los nuevos contratos de trabajo que apliquen el teletrabajo deberán celebrarse por escrito y contendrán: remuneración, tiempo de duración del contrato y lugar donde se realizará el trabajo.
- El empleador no podrá aplicar la modalidad de teletrabajo cuando la naturaleza de las labores del trabajador lo impida. Esta modalidad tampoco se podrá realizar cuando el colaborador esté imposibilitado de hacerla por circunstancias particulares y no atribuibles al trabajador
- Un trabajador que se encuentra en teletrabajo puede volver a prestar sus servicios de forma presencial por pedido del empleador, excepto si el contrato de trabajo se hubiese modificado permanentemente
- El teletrabajo se puede aplicar en jornada completa, es decir 40 horas a la semana, o en jornada parcia
- Una vez finalizada la jornada laboral, el empleador garantizará el derecho a la desconexión del trabajador, el cual será de al menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas. Además, el trabajador tendrá derecho a mantener el tiempo de descanso que tenía en la modalidad presencial, incluyendo el tiempo de almuerzo.
- La remuneración que perciba el teletrabajador no podrá ser menor al salario básico
- El empleador deberá proveer al trabajador con equipos y lineamientos e insumos necesarios para el desarrollo del teletrabajo
¿Qué se debe tener en cuenta para trabajar desde casa?
Se debe cumplir con lo siguiente para que funcione bien el teletrabajo:
- Mutuo acuerdo, no se puede obligar a una persona a tomar esta forma de empleo.
- El trabajador debe tener la opción de volver a su forma tradicional de trabajo si lo requiere, luego de la emergencia.
- No debe haber discriminación; es decir, el teletrabajador tiene los mismos derechos que cuando cumplía con su modalidad tradicional. Por ejemplo, el sueldo debe ser el mismo, debe estar afiliado y recibir sus beneficios
- La confidencialidad, el empleado debe cuidar y comprometerse a mantener reserva en la información que manejerá desde casa, tal como si estuviera en oficina
- La rentabilidad, es decir que tanto para empresa, como para trabajador, la modalidad debe ser beneficiosa en el plano económico. En general, el teletrabajo ayuda a las empresas y a optimizar recursos de movilización, alimentación, uniformes y otros rubros.
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