Paso a paso: ¿Cómo se reparte una herencia sin testamento en Ecuador?

La herencia familiar son todos los bienes, derechos y obligaciones que se transfieren tras la muerte del propietario. Atención, en caso de haber, también las deudas.

Si el familiar no deja un testamento detallando la repartición de sus bienes, la distribución se apega a la ley.

En Ecuador, la ley determina que el cónyuge es propietario del 50% de los bienes del difunto, por lo cual este no recibe herencia sino que simplemente queda como único propietario de aquella mitad. En tanto, el otro 50% sí se repartirá entre los hijos.

Por ejemplo: En una familia con 2 hijos y un patrimonio de $600.000; el cónyuge se queda con $300.000 y cada hijo hereda $150.000.

Si una persona muere soltera y sin hijos, la herencia pasa a familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad. En caso de no haber dichos familiares, los bienes pasan al Estado.

¿Cómo se reparte una herencia sin testamento en Ecuador?

Paso 1.

Tras haber obtenido el Certificado de Defunción, se sugiere hacer un análisis general de los bienes que poseía el fallecido.

Paso 2.

Contactar a un abogado para que redacte una minuta (texto) de la ‘Posesión Efectiva’, el primer trámite y obligatorio para que los herederos puedan disponer de los bienes.

Paso 3.
La minuta deberá llevarse a un Notario, quien detallará los requisitos según los bienes y realizará una Escritura Pública, conteniendo ahí los actos de ‘Posesión Efectiva’. Se recomienda pedir varios originales de la Escritura, si el difunto poseía distintas propiedades.

Paso 4.

Inscribir la ‘Posesión Efectiva’ en los registros públicos pertinentes, dependiendo del tipo de bien heredado.

Paso 5.

El traspaso de bienes debe oficializarse ante el Registro de la Propiedad.

Posesión Efectiva

Este trámite establece quiénes son los herederos de una persona fallecida y los bienes que conforman la herencia, para que los beneficiarios puedan disponer de los bienes, siempre que no exista un testamento.

Requisitos obligatorios:

  1. Acta notarial otorgando la posesión efectiva que deberá tener adjunto la declaración juramentada por parte de los herederos y/o sentencia judicial.
  2. Certificado de gravamen o certificado de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad del cantón donde se encuentra inscrito el bien, si en la posesión efectiva se detallan los bienes inmuebles con sus respectivos títulos de adquisición.
  3. Pago a favor del GAD municipal donde se encuentran los bienes.
  4. Partida de defunción.
  5. Copia de cédula de los intervinientes.

La posesión efectiva y otros trámites como el traspaso de dominio, entre otros, puede costar entre $100 y $3000.

Sobre el impuesto para herencias

En Ecuador las herencias se gravan con impuestos de entre 5% y 35%, a los valores que excedan los $72.090,01.

 

 Fracción Básica  Exceso hasta  Impuesto Fracción Básica  % Imp. Fracción Excedente
 0  72.750 0 0%
  72.750  145.501  0 5%
 145.501  291.002  3.638  10%
 291.002  436.534  18.188 15%
 436.534  582.055  40.017  20%
 582.055  727.555  69.122  25%
 727.555 873.037  105.497  30%
 873.037  en adelante  149.141  35%

Tabla de impuestos a la herencia, según resolución del 23 de diciembre del 2021.

*Se exonera del pago del Impuesto a la Herencia a los beneficiarios dentro del primer grado de consanguinidad con el causante.

*Tampoco hay impuesto si el beneficiario es uno de los cónyuges, siempre que no existan hijos que puedan acceder a la masa hereditaria. 

Mientras el impuesto municipal por utilidades y plusvalía puede ir del 0,5% hasta el 10% sobre el valor de los bienes recibidos.

Recomendaciones generales

  • Cancelar los impuestos a la herencia en los 30 días posteriores al fallecimiento, pues en caso de los inmuebles los valores pueden aumentar considerablemente entre más tiempo pase. 
  • Se puede solicitar un ‘beneficio de inventario’, un trámite ante un notario para que un perito realice un avalúo de bienes versus deuda. Si la deuda es mayor, se puede rechazar la herencia. 

 

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