¿Cuándo puedo jubilarme por el IESS? Esa es una de las metas con la que todos los trabajadores ecuatorianos, que están en relación de dependencia dentro de una empresa y que aportan al Seguro Social, soñamos es poder gozar de una vejez digna y de una jubilación que nos permita cubrir, al menos, nuestras necesidades más básicas. Pero más allá de eso, lo que se debe tener claro dentro del sector laboral es que cada año trabajado y cada aportación que se hace al IESS o Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuenta a la hora de acogerse al descanso por jubilación y gozar de la pensión que nos corresponde.
Con respecto a este tema existen ciertos requisitos que exige la ley para acceder a la jubilación:
- a) Cuando el afiliado tiene 480 o más imposiciones, 40 años o más de aportaciones, puede jubilarse, sin límite de edad.
- b) Cuando tiene 360 o más imposiciones, 30 años o más de aportaciones, puede jubilarse con 60 años o más de edad.
- c) Cuando el afiliado tiene 180 o más imposiciones, 15 años o más de aportaciones, puede jubilarse con 65 años o más de edad.
- d) Cuando el afiliado tiene 120 o más imposiciones, 10 años o más de aportaciones y 70 años o más de edad.
No necesariamente se requiere tener 60 años de edad para jubilarme por el IESS
De esta manera nos podemos dar cuenta de que no necesariamente se requiere tener 60 años de edad para acceder al beneficio de jubilarme por el IESS. Si usted ha empezado a trabajar a la edad mínima legal para hacerlo (18 años) y cumple con 40 años de aportaciones o más (un mínimo de 480 imposiciones), podrá entonces retirarse a los 58 años de edad.
De las imposiciones y de las aportaciones que se haga al Seguro Social. Otro caso, por ejemplo la persona se haya afiliado tarde, podrá jubilarse con un mínimo de 15 años de aportaciones (180 imposiciones o más) a los 65 años de edad y a los 70 años en caso que sus aportaciones sumen 10 años o más (un mínimo de 120 imposiciones).
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA APORTACIÓN Y UNA IMPOSICIÓN?
Para efectos de las prestaciones de Jubilación y Salud, se considera una imposición, la aportación por 30 días, por otra parte la aportación es el valor del aporte.