Devolución IVA tercera edad: Conoce el paso a paso para solicitarlo

Las personas de la tercera edad y discapacitados pueden realizar el procedimiento  online al aplicarse de forma obligatoria la facturación electrónica. En otras palabras, las personas ya no tendrán que imprimir las facturas electrónicas ni hacer un listado para llevarlas al SRI como se venia realizando hasta septiembre del 2022.

En noviembre del 2022 la facturación electrónica en Ecuador, se decreto totalmente obligatoria y muchos de los procesos se realizarán de forma virtual, por lo que la devolución del IVA se hará únicamente en línea.

La Ley de Régimen Tributario Interno decreta en el enunciado 74, que los adultos mayores y discapacitados tendrán derecho a la devolución del IVA pagado al obtener bienes  y servicios de primera necesidad, consumo y uso personal.

La tasa máxima mensual fijada para el 2022 es de 102 dólares.

Como bienes y servicios de primera necesidad se destacan:

  • Vestimenta
  • Vivienda
  • Salud
  • Alimentación
  • Educación
  • Comunicación
  • Cultura
  • Deporte
  • Transporte – movilidad

En septiembre pasado mediante la resolución 44 del Servicio de Rentas Internas (SRI), se acordó que el trámite será en línea y no presencial.

Si el adulto mayor o discapacitado no tiene usuario o clave en el sistema de SRI, tendrá que acudir hasta un puesto de atención pedirla solo con su cédula y tener correo electrónico.

¿Como hacer la devolución del IVA tercera edad por internet?

  • Ingresa a www.sri.gob.ec y seleccionar la opción Devoluciones/IVA Adultos Mayores/Devolución por Internet.
  • Llenar y subir la nómina de recibos para solicitudes por internet en el listado «Facturas físicas».
  • Entrar al menú «Facturas Electrónicas» y elegir las facturas del año y período a requerir el reembolso.
  • Dirigir la solicitud ya terminada la carga de facturas físicas y electrónicas en el menú «Envío de solicitud».
  • Constatar en el transcurso de 24 horas emitida la solicitud, el número de trámite generado en el menú Notificaciones Electrónicas / Buzón del Contribuyente.
  • El SRI publica una disposición con los valores reconocidos, le avisa al contribuyente en un tiempo máximo de 60 días hábiles.
  • Verificar la acreditación en la cuenta bancaria.

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